Lima, veintiuno de agosto de dos mil diecinueve. En relación con la alegada falta de motivación, manifiesta que la sentencia impugnada adolece de . Éste, en todo caso, es coherente y sólido. Primero. B. Ll. La causal prevista en el numeral 2 del artículo 429 de la norma adjetiva penal, referida a la inobservancia de norma legal de carácter procesal sancionada con nulidad, como lo tiene establecido este Supremo Tribunal, implica estar ante la inejecución in omitiendo por el órgano judicial, de lo que la ley prevé, y que por su naturaleza es de orden sustancial a la validez del proceso penal, en forma tal que dicho acontecimiento afecte la base del juzgamiento o quebrante los intereses de la justicia o de las partes que en él intervienen[4]. Sexto. Decimoquinto. Así pues, conforme consta en la sentencia emitida por el Juzgado Penal Colegiado, del diecisiete de enero de dos mil diecinueve (foja 56), se condenó, por unanimidad, al acusado Rubén Arocutipa Apomayta como autor del delito contra la libertad en la modalidad de violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor con iniciales X. Extracto: " En la primera denuncia, del recurso de casación se aprecia que la abogada LUCY FIGUEROA, manifiesta que la Corte de Apelaciones incurrió en . La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presenta su informe "Situación de Derechos Humanos en "En materia penal, el recurso de casación exige el cumplimiento de ciertos requisitos formales imprescindibles y de particular importancia, relacionados íntimamente con su contenido, dado su ámbito especial y su carácter de extraordinario, todo lo cual comporta cierta precisión procesal en la interposición del mismo, cuya omisión no puede ser suplida por el juzgador, aun cuando, en . Entre los meses de julio y agosto de dos mil once, una de las noches en que la menor terminaba de jugar vóley con las hermanas del encausado, estas se retiran a su cuarto y cuando la menor se predisponía a retirar al suyo por el portón de atrás, fue interceptada por Rubén Arocutipa, quien la agarró, la tiró al suelo, le tapó la boca, le bajó sus prendas, él se bajó su pantalón se sacó su miembro viril y se lo introdujo en la vagina de la menor, diciéndole que se callara; luego de ello, la menor se encerró en su cuarto no contándole a nadie lo sucedido por miedo. Tipo De Recurso: Casación. Zoom: Clase en vivo sobre nulidad manifiesta y proceso de desalojo…. I. Introducción. El recurso de casación penal se inicia por escrito de preparación del recurso, autorizado por Abogado y Procurador, ante el mismo tribunal que dictó la resolución que se va a recurrir . La Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia Del Santa emitió sentencia de vista (Resolución número 20), del quince de mayo de dos mil dieciocho (foja 349), que confirmó la sentencia de primera instancia (Resolución número 15), del trece de octubre de dos mil diecisiete, en todos sus extremos (condena y pena). Por último, acota que la sentencia de vista no explicó por qué las testimoniales constituyen datos periféricos. Que contra la sentencia de primera instancia el imputado Ocharán Urioste, protestando inocencia, interpuso el recurso de apelación de fojas trescientos dos, de veintidós de enero de dos mil dieciséis. B. Tipo De Recurso: Casación. Estudio Jurídico Carlos Vásquez Boyer & Asociados. 1 Suprema Corte de Justicia de la Nación 6 de enero de 2023 Año XX, no. Esta versión –haber sometido a relaciones sexuales a una menor de doce años, un hombre de veintiún años– el Juzgado de primera instancia la corroboró con el Protocolo de Pericia Psicológica 388-2012-PSC, practicado a Rubén Arocutipa Apomayta, cuando contaba con veintidós años de edad, en cuyo relato, el aludido admitió que, desde el año dos mil siete hasta el dos mil once, llegaba con sus padres, en marzo hasta diciembre, a casa de la abuela de la “chica”, haciendo referencia   incluso   que   “nunca”   le   habló   “porque   era   chibola”; concluyendo la psicóloga, que el evaluado era inmaduro en el área sexual; documento evidenciador de que Rubén Arocutipa conocía y era consciente de la minoría de edad de la agraviada. Una vez culminada, se produjo la deliberación de la causa en sesión secreta, en virtud de la cual, tras la votación respectiva, el estado de la causa es el de expedir sentencia, cuya lectura en audiencia pública se fijó en el día de la fecha, con las partes que asistan, en concordancia con el artículo 431, inciso 4, del Código Procesal Penal, el veintiuno de agosto de dos mil diecinueve. Intervino como ponente el juez supremo Figueroa Navarro. Lima, veintitrés de marzo de dos mil diecisiete. Asimismo, evaluados los agravios expresados en el recurso de apelación instado a favor del sentenciado, estos carecen de asidero a razón del acervo probatorio actuado en juicio oral por el Juzgado Penal Colegiado de Camaná, cuyo mérito individual y conjunto arroja como resultado la responsabilidad penal de Rubén Arocutipa Apomayta en la comisión del delito imputado, correctamente discernido por el citado órgano judicial, a la luz de los hechos y el derecho; en ese orden de ideas, atañe actuar en sede de instancia y confirmar la sentencia del diecisiete de enero de dos mil diecinueve, en todos sus extremos, además de disponer se cursen los oficios respectivos para la captura del condenado, con la facultad conferida por el artículo 433, numeral 2, del Código Procesal Penal. se trata del recurso de casación interpuesto por la sociedad de beneficencia de huancayo, a fojas quinientos ochenta y cinco contra la sentencia de vista de fojas quinientos sesenta y ocho, de fecha siete de octubre de dos mil catorce, emitida por la primera sala mixta de huancayo de ia corte superior de justicia de junin, que revoca ia sentencia … Al respecto, esta se encuentra relacionada con la ausencia de sustento racional que conduce al juzgador a tomar una decisión, esto es, cuando no exista justificación a la luz del derecho, en la cual se erija la declaración de voluntad del juez en la resolución de un caso sometido a su competencia, lo cual debe ser evidente y surgir de su propio tenor o literalidad del texto, con alcance a aquel argumento de contenido impreciso, confuso, genérico o no razonable; por ejemplo, cuando se pretenda fiscalizar o desplegar control de la prueba personal[1], censurando la decisión de primera instancia, lo cual está restringido a la estructura racional del contenido de la prueba, sin desplegar análisis lógico, enfoque sobre máxima de la experiencia y/o conocimientos científicos[2] sobre lo abordado. Por tanto, indica que se incurre en una contradicción lógica. Suscripción a la Biblioteca Jurídica Consulte online más de 65.000 documentos jurídicos, Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos. 4 de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, igualdad y acceso a la administración de justicia. La valoración probatoria exige el respeto de las reglas de la lógica —se incluye, las máximas de la experiencia y las leyes científicas— (artículo 393, numeral 2, del citado Código). Sobre el embargo en forma de inscripción de los bienes sociales habría que distinguir dos momentos: El judicial y el registral. También, para analizar el carácter periférico o no de la información aportada por uno de los testigos; y, por último, para determinar si las diferencias de un testigo son secundarias o esenciales. Recibidos los autos en Instancia Superior y corrido el traslado de la impugnación, la Sala Penal de Apelaciones, conforme a la Resolución número 8, del dos de abril de dos mil diecinueve (foja 106), convocó a audiencia de apelación de sentencia para el once de junio de dos mil diecinueve, reprogramada para el doce del mismo mes y año, la cual se realizó con normalidad en dos sesiones, conforme se aprecia en las actas respectivas de audiencia de apelación (fojas 118 y 120). en la ciudad de la plata, provincia de buenos aires, sede de la sala iii del tribunal de casación penal, el 6 de abril de dos mil diez se reúnen en acuerdo ordinario los señores jueces doctores daniel carral, federico g.j. E. Existen testimoniales que corroboran periféricamente lo sostenido por la menor agraviada, como las declaraciones de Ana María Fuentes Mamani (esposa del imputado), Jesús Duff Acuña Gonzáles y Martha Trelles Pelaez —se desprende la decisión de la menor de narrar cómo sucedieron los hechos y que a raíz de ello el padre de la víctima acudió al colegio, así como los hechos llegaron a conocimiento del fiscal, sin que consten indicios de que el padre haya armado toda esta denuncia—; de Shirley Karina Muñiz Fuentes (madre de la menor) —se infiere que el imputado ingresaba a la habitación de ambas con mucha frecuencia, en horas de la noche, que se sentaba en la cama a los pies de la menor y que incluso le hacía masajes—; de las profesoras Danitza Gonzáles Váldez e Iveth Magaly Patiño Villagarcía —dan cuenta del bajo rendimiento escolar que tenía la menor agraviada—; y, de Cindy Muñiz Fuentes e Indira Cardicel Fuentes —sostuvieron que tuvieron una situación parecida de agresión sexual cuando eran adolescentes—. Tercero. Director: Roger Vilca | Fundador: Roger Vilca. El encausado Ocharán Urioste ingresaba tanto al cuarto de la agraviada N.A.A.M. Estos hechos fueron de pleno conocimiento de la occisa Vásquez Méndez, quien continuó su relación con la coimputada, a quien apoyaba económicamente, incluso en la compra de pañales, coche de bebé, bacín y paseos, entre otros. Compartimos con ustedes el Código Penal del Perú (Decreto Legislativo 635), promulgado el 3 de abril de 1991 y publicado el 8 de abril... Fundamento destacado:3. Así pues, incluso la prueba pericial psicológica es solo prueba indirecta o indiciaria —lo determinante es la versión de la agraviada brindada en Cámara Gesell, no las reseñas consignadas en el informe pericial—, cuyos aportes deben ser enlazados con las demás pruebas de cargo. Este apartado, sin duda, igualmente, comprende 4. S –doña Edith Beatriz Soncco Marroquín–, cuyo dicho concuerda con la tesis fiscal, desde cuando toma conocimiento sobre lo que había sucedido con su hija, quien le diera el nombre del que la embarazara, esto es, el acusado, quien no se hizo cargo de su hija. [2] Casación número 385-2013-San Martín, del cinco de mayo de dos mil quince, fundamento 5.15, Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República. sería contrario al fin de la casación. Frustración intelectual por embarazo no deseado y por haberse alejado de compañeros de estudio y continuar en PRONOE […]”. B. Ll. Interviene como ponente el señor SAN MARTÍN CASTRO. La madre de la agraviada, Shirley Karina Muñiz Fuentes, vivía con dicha menor N.A.A.M. [3] Sala Penal Permanente, Sentencia de Casación número 1382-2017-Tumbes, del diez de abril de dos mil diecinueve, fundamento jurídico 14. Dentro de las causales para interponer el recurso de casación, en el numeral 4 del artículo 429 del Código Procesal Penal se establece la siguiente: "Si la sentencia o auto ha sido expedido con falta o manifiesta ilogicidad de la motivación, cuando el vicio resulte de su propio tenor". La mera enunciación, en rigor, no conduce a establecer una afirmación. Se aprecia que en juicio oral ante el Juzgado Penal Colegiado, la agraviada rindió declaración señalando radicar en Corire, donde su casa ocupa toda una cuadra; es así como su abuelita alquiló el ambiente donde vivía la familia de Rubén Arocutipa, precisando residir ella en la parte delantera, mientras que el procesado ocupó la parte trasera, empero, utilizaban la misma puerta de ingreso, siendo que, en el mes de agosto de dos mil once, tuvieron relaciones sexuales, a mérito de lo cual quedó embarazada, pero en septiembre del citado año ya no contaba con el encartado. Loja, febrero de 2016 (4) iii DECLARACIÓN DE AUTORÍA Y CESIÓN DE DERECHOS S, cuando ella tenía doce años de edad; siendo que, como producto de tal agresión, la menor quedó embarazada, dando a luz a D. D. R. Ll. Se llega a la conclusión de que una transmisión en la que no existe el . Itinerario del proceso en etapa intermedia. La sala de lo penal del Tribunal Supremo dispone que la individualización de la pena efectuada por el tribunal de instancia «(.) Consecuentemente, estando a que la sentencia de vista ha incurrido en manifiesta falta de motivación, además de conculcar, el precepto de inmediación, para los fines de valoración de la prueba personal, cautelado por el numeral 2 del artículo 425 del Código Procesal Penal, lo cuestionado por la Fiscalía alberga asidero, desvaneciéndose así la presunción de acierto y legalidad de la sentencia de vista; ameritando ello estimar el recurso de casación interpuesto. En cuanto a la aludida salvaguarda, el Tribunal Constitucional, en la sentencia recaída en el Expediente número 00728-2008-PHC/TC, fundamento sexto, sostuvo lo siguiente: “El derecho a la debida motivación de las resoluciones importa que los jueces, al resolver las causas, expresen las razones o justificaciones objetivas que los llevan a tomar una determinada decisión. CASACIÓN N.° 2242-2019, ICA. Decimonoveno. Segundo. Cabe indicar que la primera vez la llevó al comedor, le ofreció comida y, por la fuerza, intentó besarla. 4.1. Para continuar leyendo, debe ingresar a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña aquí. TRIBUTOS. Vigesimosegundo. Entrevista con…, Guido Croxatto: Todos los líderes que toman decisiones anti mercado son…. VISTOS: en audiencia, el recurso de casación interpuesto por la defensa técnica de los sentenciados Mayker Ornar Burgos Zarate y María Cristina Rodríguez Romero contra la sentencia de vista (Resolución número 20), del quince de mayo de dos mil dieciocho (foja 349), emitida por la Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia Del Santa, que confirmó la sentencia de primera instancia (Resolución número 15), del trece de octubre de dos mil diecisiete (foja 221), emitida por el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de la Corte Superior de Justicia Del Santa, que, por mayoría, condenó a Mayker Ornar Burgos Zárate (como autor) y María Cristina Rodríguez Romero (como cómplice primaria), por el delito contra la vida, el cuerpo y la salud-homicidio calificado-asesinato, en agravio Quelly Celinda Vásquez Méndez, a quince años de pena privativa de libertad y fijó en la suma de S/ 30 000 (treinta mil soles) el monto por concepto de reparación civil que deberán pagar los sentenciados en forma solidaria a favor de los deudos de la agraviada occisa; con lo demás que al respecto contiene. 4. es revisable en casación no sólo en cuanto a la determinación de los grados a la que se refiere especialmente el artículo 66 del C. Penal, sino también en cuanto afecta al empleo de criterios admisibles . D. Si la testigo Cindy Muñiz Fuentes fue víctima de actos similares por parte del encausado Ocharán Urioste y luego permitió que el referido imputado lleve a su hija al colegio, ello no es objeto del presente proceso, además que la casuística ha demostrado que a veces las madres callan el abuso sexual que sufren sus hijos. En otras palabras, cuando no exista argumentación que fundamente la declaración de voluntad del juez en la resolución de un caso sometido a su competencia, por ejemplo: Tercero. Lo esgrimido permitió concluir asertivamente en la responsabilidad penal del recurrido. Los agravios relacionados al objeto de casación son los siguientes: 6.1. MOTIVACIÓN DEL RECURSO: Ahora bien el problema de cómo formular un recurso de casación, depende del contenido sustancial de tres elementos: 1) los requisitos, 2) los motivos (agravios, reclamos o reproches) del recurso, y 3) la fundamentación de cada motivo. La Sala de Apelaciones no justificó por qué la valoración de la prueba en primera instancia infringió las reglas de la lógica, la ciencia y las máximas de la experiencia, que le hubieren facultado a realizar control de la prueba personal actuada en primera instancia; vulnerando así la motivación de la resolución judicial. EJECUTORIA DE LA CORTE SUPREMA EN MATERIA PENAL RECURSO DE CASACIÓN N°1974-2018/LA; Justicia Inmediata CASO DE Damaris . SALA PENAL PERMANENTE. F. Dichas testimoniales han sido valoradas en primera instancia en virtud del principio de inmediación y no han sido cuestionadas por prueba nueva de carácter personal, por lo que su valoración no puede ser variada. 2008. 2.1. Los peritos —tanto el que afirma como el que no lo hace, respecto a la existencia de afectación emocional— han dejado establecido que la ausencia de tal afectación emocional de la víctima no significa que el delito no se haya cometido. [4] RODRÍGUEZ CH., Orlando A. Casación y Revisión Penal-Evolución y Garantismo. Elevado el expediente a esta Sala Suprema, se corrió traslado a las partes. Esto es así (i) cuando el detalle de los hechos y sus circunstancias, gramaticalmente, resulte incomprensible; (ii) cuando por la omisión de datos o circunstancias importantes, esto es, extremos capitales o fundamentales del relato fáctico —según el objeto del debate—, no es posible conocer la verdad de lo acontecido, qué fue lo que sucedió; y, (iii) cuando el detalle de los hechos se describa en términos dubitativos o ambiguos. Casación Pago Por Subrogación - Free download as PDF File (.pdf) or read online for free. Juez deneyase una peticién por falta de algtin requisito o por una cita errénea de la norma aplicable a su criterio, debera en forma expresa indicar el requisite faltante y la norma correspondiente, O¢TAVO.- . Sumilla: Ilogicidad en la motivación. Sobre el embargo en forma de inscripción de los bienes sociales habría que distinguir dos momentos: El judicial y el registral. (i) El motivo de casación de quebrantamiento de la garantía de motivación contempla dos hipótesis: falta de motivación y manifiesta ilogicidad de la motivación. Vigésimo. Decimosexto. la sala de lo penal del tribunal supremo ha dictado una sentencia, de fecha 16 de julio de 2014 (recurso número 2249/2013), por la que confirma la condena por prevaricación a una magistrada que, estando de guardia de diligencias en un juzgado, dictó auto adoptando medidas cautelares de precinto de un local comercial sin adoptar ninguna medida de … STS 1479/2016, 21 de Junio de 2016. Tercero. Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Cabe precisar que también existirá falta de motivación cuando esta sea incompleta, esto es, cuando se eluda el examen de un aspecto central o trascendente de lo que es objeto del debate, el cual puede comprender la omisión de evaluación a una prueba esencial que acredite el injusto típico. [VÍDEO] Examen Profa: 20 preguntas (con sus respuestas) sobre ordenamiento jurídico…, Clase en vivo por Zoom sobre los procesos constitucionales en materia…, El principio de tipicidad en el procedimiento administrativo disciplinario, El principio de razonabilidad en el procedimiento administrativo disciplinario, Proponen eliminar el uso de papel bond en el Estado, El principio del debido procedimiento en el procedimiento administrativo disciplinario, Examen PROFA: Ocho preguntas sobre principios generales del derecho administrativo, Código Civil peruano [realmente actualizado 2022], Ley que garantiza la reactivación de obras públicas paralizadas (Ley 31589)…, Ley Orgánica de Municipalidades (Ley 27972) [actualizada 2022], Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (Ley 27867) [actualizada 2022], Revisa las convocatorias para selección y nombramiento de jueces y fiscales…, Requieren 10 egresados o bachilleres para el área de derecho penal…, Tribunal Constitucional lanza convocatoria con sueldo de 10 000 soles, Sunedu lanza convocatorias con sueldos de hasta 19 800 soles, Defensoría del Pueblo lanza convocatoria CAS con sueldo de 7000 soles, [VÍDEO] ¿Un perito médico puede determinar si hubo lesiones leves o…, ¿Por qué Aníbal Torres renunció a la Presidencia del Consejo de…, [VÍDEO] La función de distinguir el daño del perjuicio y el…, Elvia Barrios: «El trabajo presencial es del juez, pero el juez…, Corte Suprema de Justicia de la República, ¿Procede anotar embargo de un bien social cuando el obligado es solo uno de los cónyuges? Que la falta de motivación está referida no solo: 1. Un día después de la primera agresión a la menor, el acusado reiteró su proceder en circunstancias que ella terminaba de jugar vóley con las hermanas de este; ante lo cual X. Director: Roger Vilca | Fundador: Roger Vilca. Tercero. Editorial Temis. 2.2. Aunado a lo expuesto, fue puntual y objetivamente argumentada la persistencia en la incriminación, en base a la declaración de la agraviada, quien sindicó al acusado como padre de su hija, ante su madre, con el detalle brindado en la entrevista única en cámara Gesell y también ante el plenario   de   primera   instancia;   sin   soslayarse   los   hechos   no controvertidos enunciados en el tercer considerando de la sentencia del Juzgado Penal Colegiado de Camaná. Se emite la decisión bajo la ponencia del señor juez supremo Salas Arenas. II. S. Realizada la audiencia de control de acusación, el veinte de diciembre de dos mil doce, se dictó auto de enjuiciamiento el día veintiséis del mismo mes y año, admitiéndose los medios de prueba ofrecidos por el representante del Ministerio Público, además de ordenarse remitir los autos al Juzgado Penal Colegiado de Camaná para el juzgamiento respectivo. Las causas de admisión e inadmisión del recurso de casación contencioso - administrativo, se relacionan con los requisitos exigidos por el articulo 89 de la Ley de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, en lo sucesivo, LJCA; y con los aspectos formales que impone la nueva casación contenciosa. Por estos fundamentos, los señores jueces supremos miembros de la Sala Penal Permanente de Corte Suprema de Justicia de la República: I. DECLARARON FUNDADO el recurso de casación interpuesto por la representante del Ministerio Público contra la sentencia de vista del veintiséis de junio de dos mil diecinueve –Resolución número 10–, emitida por la Sala Mixta Descentralizada e Itinerante de Camaná de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, que declaró fundado el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica de Rubén Arocutipa Apomayta y, en consecuencia, revocó la sentencia del Juzgado Penal Colegiado de Camaná del diecisiete de enero de dos mil diecinueve; reformándola, lo absolvió de la acusación fiscal por el mencionado delito, además de fijar como reparación civil la suma de S/ 1000 (mil soles), disponiendo su  excarcelación;  con  lo  demás  que  al  respecto. Después que en febrero de 2013 el Tribunal Constitucional anuló la primera sentencia de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), invocando falta de motivación, han sido múltiples las. PROCEDENCIA PRO FALTA DE MOTIVACION EN DEMANDA DE NULIDAD DE MATRIMONIO. Segundo. 6.3. Deserción por falta de presentación oportuna del escrito de fundamentación; 2.a.2. 245996 resultados para falta de motivacion penal. Si deseas publicar con nosotros escríbenos al correo. la falta de motivación alude a la ausencia absoluta del sustento racional que conduce al juzgador a tomar una decisión; esto es, cuando no exista justificación que fundamente la declaración de voluntad del juez en la resolución de un caso sometido a su competencia, lo cual debe ser evidente y surgir de su propio tenor o literalidad del texto, … Sin embargo, a pesar de lo establecido por la Corte Suprema, no se ha introducido ningún parámetro para la interposición de una detención preliminar judicial, estando a ello podemos advertir que la falta de regulación de un nivel o estándar probatorio para dicho mecanismo procesal podría originar un uso indiscriminado y arbitrario del . Realizada la audiencia de control de requerimiento de acusación conforme a las actas (fojas 140 y 158), se emitió el auto de enjuiciamiento, del veintisiete de marzo de dos mil diecisiete (foja 161). Si se escoge una regla lógica, una máxima de la experiencia o una ley científica equivocada o impertinente, es decir, que no corresponde —incluso si no se incorpora una de esas reglas—; si se escoge una de éstas demasiado genérica o amplia para definir el caso concreto; o si se la aplica incorrecta o equivocadamente; en estos casos, la inferencia resultante será equivocada. La razonabilidad del juicio del juez descansa, ya no en la interpretación (acto de traslación) de las pruebas o en su selección bajo la regla epistémica de relevancia, sino en la corrección de la inferencia aplicada. La casación interpuesta por la representante del Ministerio Público, como obra indicado en el fundamento quinto de esta  ejecutoria  suprema,  fue  bien  concedida  por  las  causales contenidas en los numerales 2 y 4 del artículo 429 del Código Procesal Penal, al haberse incurrido en errónea aplicación del numeral 2 del artículo 425 del citado cuerpo legal; aunado a ello, se habría vulnerado la debida motivación al expedirse la sentencia de vista cuestionada. En ambos supuestos, el vicio debe resultar del propio tenor de la resolución, lo que obvia un análisis del resultado probatorio para confrontarlo con la resolución emitida; y delimita el examen casacional a la propia resolución de vista, de modo que si el recurrente busca la sustitución de la decisión por el propio Tribunal Supremo, se requerirá que el juicio de inferencia dependa de la pura corrección del razonamiento jurídico de los jueces sentenciadores. Es el proceso intelectual de valoración el que viabiliza la acreditación de un suceso táctico. Por ello, en . Tomo II. Las contradicciones resaltadas por la defensa no inciden en la firmeza y coherencia de las declaraciones de la menor agraviada. ¿Puedes resolverlas? La declaración de la menor consignada en los Protocolos de Pericia Psicológica son similares, sobre todo en la forma en que sucedieron los hechos, el lugar, el tiempo y los momentos. Vigesimoprimero. Sala de Casación Penal: Ponente: MYRIAM ÁVILA ROLDÁN: Sentido del fallo: REVOCA CONCEDE TUTELA: Fecha: 02 Junio 2022: Número de expediente: T 124000: Tribunal de Origen: Sala Penal del Tribunal Superior de Tunja: Tipo de proceso: ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA: Número de sentencia: STP7526-2022 La defensa de los encausados Burgos Zárate y Rodríguez Romero interpuso recurso de apelación contra la aludida sentencia, la cual se concedió mediante Resolución número 16, del veintitrés de octubre de dos mil diecisiete (foja 295), elevándose a la Sala Superior. Bogotá D.C., dos (2) de noviembre de dos mil veintidós (2022) OBJETO DE LA DECISIÓN La Corte dicta sentencia en respuesta a la demanda de casación presentada por el fiscal y el defensor de H.R.N., contra la sentencia del 3 de julio de 2018, proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior de Santiago de Cali. como fundamentos de su decisión sostiene que los argumentos que el accionante expone en su demanda para dar sustento a la causal que invoca, son en orden cronológico los siguientes: i) su cónyuge lo demandó por alimentos, proceso cuyo trámite continúa; ii) su esposa hizo abandono del hogar conyugal, llevándose consigo todas las cosas de la casa; … S., a treinta años de pena privativa de libertad y fijó por concepto de reparación civil la suma de S/ 5000 (cinco mil soles); reformándola, lo absolvieron de la acusación fiscal por el mencionado delito, además de fijar como reparación civil la suma de S/ 1000 (mil soles), disponiendo su excarcelación; con lo demás que al respecto contiene. TENENCIA ILEGAL DE ARMAS: ¿LAS ARMAS ARTESANALES FORMAN PARTE DEL TIPO PENAL?. Es el proceso intelectual de valoración el que viabiliza la acreditación de un suceso táctico. . Caso: Luisa Andreína Brito Ojeda Decisión: Desestima por manifiestamente infundado, el recurso de casación interpuesto por la defensa. Quinto. I. Declararon INFUNDADO el recurso de casación, por las causales de inobservancia de precepto constitucional y violación de la garantía de motivación, interpuesto por la defensa del encausado ROBERTO PAOLO TATAJE HERNÁNDEZ contra la sentencia de vista de fojas ochocientos cincuenta y ocho, de dos de julio de dos mil diecinueve, que . Entrevista con…, Guido Croxatto: Todos los líderes que toman decisiones anti mercado son…. SENTENCIA DE CASACIÓN Lima, ocho de mayo de dos mil diecisiete VISTOS: en audiencia pública, el recurso de casación concedido por la causa de "errónea interpretación de la Ley penal y manifiesta ilogicidad de la motivación, cuando el vicio resulte de su propio tenor", a la defensa técnica del encausado don Augusto Maraví Romaní. III. Posteriormente, el veintiuno de febrero de dos mil doce, fecha de su cumpleaños, se enteró que estaba embarazada; enfatizando singularmente que cuando  conoció  al  encausado:  “Era  bien  agarrada,  con  contextura  de señorita, era casi del mismo tamaño con él”. (iii) Del análisis realizado en este caso, las reglas de inferencia y el propio juicio inferencial, no se advierte ilogicidad en la motivación. CONVERSIÓN DE LA PENA: FUNDAMENTO PARA CONVERTIR 4 AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD A JORNADAS DE SERVICIO COMUNITARIAS. Que otro ámbito del recurso de casación está referido a la reparación civil. consecuentemente, estando a que la sentencia de vista ha incurrido en manifiesta falta de motivación, además de conculcar, el precepto de inmediación, para los fines de valoración de la prueba personal, cautelado por el numeral 2 del artículo 425 del código procesal penal, lo cuestionado por la fiscalía alberga asidero, desvaneciéndose así la … Mediante auto de citación a juicio oral, contenido en la Resolución número 1, del veintinueve de noviembre de dos mil diecisiete (foja 15), se convocó a las partes procesales a la audiencia de su propósito; reprogramada esta, llegó a instalarse dicho acto el quince de noviembre de dos mil dieciocho, desarrollándose el juzgamiento en varias sesiones con normalidad, arribando a la de lectura de sentencia el diecisiete de enero de dos mil diecinueve, conforme consta en acta (foja 55). ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIAS JUDICIALES. no se advierte quebrantamiento de la garantía de motivación, tampoco se evidencia ilogicidad. Se te ha enviado una contraseña por correo electrónico. Si deseas publicar con nosotros escríbenos al correo. II. La falta de acreditación veraz del pago resulta decisiva a la hora de derivar la responsabilidad solidaria por colaboración en ocultación maliciosa de bienes. El recurso de casación penal se inicia por escrito de preparación del recurso, autorizado por Abogado y Procurador, ante el mismo tribunal que dictó la resolución que se va a recurrir . Anula la sentencia dictada, el 31 de mayo de 2016, por la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Delta Amacuro. En ese sentido, se precisó en los considerandos argumentativos de la citada Ejecutoria que: ¿Puedes resolverlas? Casos previstos por el Código Procesal; 2.a.1. Séptimo. A la motivación aparente, que es aquella que incorpora razonamientos impertinentes sobre los puntos materia de imputación o de descargo (objeto del debate), o que introduce razonamientos vagos, genéricos o imprecisos, al punto que no explique la causa de su convicción. La Fiscalía Provincial Mixta de Nepeña formuló acusación fiscal ¡foja 64) en contra de Mayker Ornar Burgos Zárate como autor por la comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud-homicidio calificado con alevosía (artículo 108, numeral 3, del Código Penal), y contra María Cristina Rodríguez Romero como cómplice primaria por el mismo delito (artículo 108, numeral 3, concordado con la primera parte del artículo 25 del Código Penal), y solicitó para ambos la pena de quince años, así como S/ 30 000 (treinta mil soles) de reparación civil, que deberán pagar los sentenciados en forma solidaria a favor de los deudos de la agraviada occisa. conforme a las sentencias emitidas por las y los magistrados de la sala especializada de lo penal, penal militar, penal policial y tránsito de la corte nacional de justicia, procede la nulidad por falta de motivación de la sentencia de instancia, en aplicación directa del precepto constitucional determinado en el artículo 76.7.l y de conformidad … Aunado a lo expuesto, acotó que si declaró ante el Ministerio Público no se acuerda, habiendo pasado mucho tiempo, ya que tenía doce años cuanto tuvo relaciones sexuales, resaltando que Rubén Arocutipa no sabía que estaba en primero de secundaria, pero sí la miraba con uniforme cuando el referido contaba con veintiún años. La falta de motivación se encuentra relacionada con la ausencia absoluta del sustento racional que conduce al juzgador a tomar una decisión. Con lo argüido en los fundamentos decimoquinto y decimosexto de esta sentencia, el Juzgado de primera instancia, a la luz del Acuerdo Plenario número 2-2005/CJ-116, del treinta de septiembre de dos mil cinco, tuvo por acreditada la verosimilitud de la sindicación efectuada por la agraviada, en lo relevante para el sub materia; abordándose además la incredibilidad subjetiva, donde en forma  clara  la  judicatura  señaló  no  haberse  alegado  en  juicio  la existencia de odio, resentimientos, enemistad u alguna razón espuria entre la víctima y el encausado, que hubiere podido incidir en la denuncia formulada por la madre de la menor. Su duración será la que resulte necesario, motivo . La Falta De Motivación De Las Sentencias (Artículo Recibe el PDF de las 11 cosas . Del examen casacional —ius constitutionis y ius litigatoris[1]— no se advierte quebrantamiento de la garantía de motivación, tampoco se evidencia ilogicidad. De otro lado, cuestiona que en la sentencia de vista se indicó que los diferentes relatos de la menor agraviada prestados en los exámenes psicológicos que se le realizó son solo matizaciones, pese a que en pureza se trata de contradicciones. De acuerdo con el requerimiento de acusación (foja 64 del cuaderno de formalización de la investigación), se imputa lo siguiente: Desde el año dos mil nueve, la coimputada Rodríguez Romero mantuvo una relación lésbica con la occisa Vásquez Méndez, conocida como “Chato Roy”, quien fungía de varón. VISTOS; en audiencia privada: el recurso de casación por quebrantamiento de la garantía de motivación interpuesto por el encausado WALTER OCHARÁN URIOSTE contra la sentencia de vista de fojas trescientos cincuenta y cinco, de veintinueve de abril de dos mil dieciséis, que confirmando la sentencia de primera instancia de fojas doscientos setenta y uno, de quince de enero de dos mil dieciséis, lo condenó como autor de delito de actos contra el pudor en agravio de la menor N.A.A.M. La admisión a trámite del recurso de casación procede únicamente cuando esta Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo estima que, atendiendo a la infracción denunciada, el recurso presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia. Se te ha enviado una contraseña por correo electrónico. 264 000 millones de euros de financiación de la UE ayudarán a los agricultores europeos en la transición hacia un sector agrícola sostenible . Destaca señalar que, en la sentencia de vista, se respalda que el acusado tuviera relaciones sexuales con la menor agraviada, pues al momento de los hechos, este contaba con veintiún años de edad, soltero, con instrucción secundaria, y “la menor tenía un aspecto físico mayor a su edad”, situación, que según se acota, “pudiera confundir a la menor de 12 años con una mayor de 14 años de edad”; para luego, en forma contradictoria, aducirse en la impugnada que, ante una relación sentimental con la menor, el acusado estuvo en la posibilidad de saber la verdadera edad de esta; acogiéndose la teoría del error de tipo vencible, previsto en el artículo 14 del Código Penal. Parte general. [VÍDEO] Examen Profa: 20 preguntas (con sus respuestas) sobre ordenamiento jurídico…, Clase en vivo por Zoom sobre los procesos constitucionales en materia…, El principio de tipicidad en el procedimiento administrativo disciplinario, El principio de razonabilidad en el procedimiento administrativo disciplinario, Proponen eliminar el uso de papel bond en el Estado, El principio del debido procedimiento en el procedimiento administrativo disciplinario, Examen PROFA: Ocho preguntas sobre principios generales del derecho administrativo, Código Civil peruano [realmente actualizado 2022], Ley que garantiza la reactivación de obras públicas paralizadas (Ley 31589)…, Ley Orgánica de Municipalidades (Ley 27972) [actualizada 2022], Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (Ley 27867) [actualizada 2022], Revisa las convocatorias para selección y nombramiento de jueces y fiscales…, Requieren 10 egresados o bachilleres para el área de derecho penal…, Tribunal Constitucional lanza convocatoria con sueldo de 10 000 soles, Sunedu lanza convocatorias con sueldos de hasta 19 800 soles, Defensoría del Pueblo lanza convocatoria CAS con sueldo de 7000 soles, [VÍDEO] ¿Un perito médico puede determinar si hubo lesiones leves o…, ¿Por qué Aníbal Torres renunció a la Presidencia del Consejo de…, [VÍDEO] La función de distinguir el daño del perjuicio y el…, Elvia Barrios: «El trabajo presencial es del juez, pero el juez…, Corte Suprema de Justicia de la República, ¿Procede anotar embargo de un bien social cuando el obligado es solo uno de los cónyuges? Estos actos libidinosos también se realizaron en otros ambientes del inmueble, donde el imputado Ocharán Urioste despojó a la menor agraviada de sus prendas de vestir, le introdujo los dedos en la vagina e incluso —en una oportunidad— le lamió en dicha zona íntima. Vigesimotercero. Cuarto. Este apartado, sin duda, igualmente, comprende 4. Al realizarse la prueba de ADN con las muestras de Rubén Arocutipa Apomayta, la agraviada y la niña nacida, se concluyó que el primero mencionado no podía ser excluido de la relación de parentesco en condición de padre biológico de esta última. Los fundamentos planteados por la defensa técnica de los encausados Mayker Ornar Burgos Zárate y María Cristina Rodríguez Romero, en su recurso de casación (foja 378), están vinculados a la causal por la que fue declarado bien concedido su recurso, esto es: 6.1. Cuarto. Que elevada la causa a este Supremo Tribunal, cumplido el trámite de traslado a las partes recurridas, se expidió la Ejecutoria Suprema de fojas cuarenta y ocho —del cuadernillo respectivo—, de dos de setiembre de dos mil dieciséis, que declaró bien concedido el recurso de casación por la causal de quebrantamiento de la garantía de motivación, previsto en el artículo 429, apartado 4, del Código Procesal Penal, bajo el acceso ordinario regulado en el artículo 427, numerales 1 y 2, del Código en mención. En ambos supuestos, el vicio debe resultar del propio tenor de la resolución, lo que obvia un análisis del resultado probatorio para confrontarlo con la resolución emitida; y delimita el examen casacional a la propia resolución de vista, de modo que si el recurrente busca la sustitución de la decisión por el propio Tribunal Supremo, se requerirá que el juicio de inferencia dependa de la pura corrección del razonamiento jurídico de los jueces sentenciadores. Es el proceso intelectual de valoración el que viabiliza la acreditación de un suceso táctico. Decimosegundo. Pp. Emitida la sentencia de vista, la representante del Ministerio Público interpuso recurso de casación (foja 142), el cual fue concedido mediante Resolución número 11, del trece de agosto de dos mil diecinueve (foja 149), ordenándose elevar los actuados a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República. Procesal Penal, por inobservancia de la garantía constitucional de la debida motivación de las resoluciones judiciales y errónea interpretación del artículo 24° del Código Penal. Elevado el expediente a esta Suprema Sala, se corrió el traslado respectivo a las partes, conforme a los cargos de notificación (fojas 22 y 23 del cuadernillo formado en esta Suprema Sala), pasando a señalar fecha para el control de la calificación del recurso de casación. Conforme se estableció en el auto de calificación del recurso de casación, en concordancia con su parte resolutiva, fue declarado bien concedido dicho recurso, a fin de analizar el caso, de acuerdo a las causales contenidas en los numerales 2 y 4 del artículo 429 del Código Procesal Penal, en atención a que se habría otorgado distinto valor a la prueba personal (versión de la agraviada), sin mediar nuevos medios probatorios que la cuestionen ni retractación de la víctima en el proceso, incurriendo así en errónea aplicación del numeral 2 del artículo 425 del Código Procesal Penal; aunado a ello, se habría vulnerado la debida motivación de la resolución judicial, al errar la Sala Superior cuando efectuó control del juicio de credibilidad de la versión de la víctima y pruebas periféricas, obviándose incluso sustentar por qué los fundamentos de la sentencia de primera instancia infringen las reglas de la lógica, la ciencia y las máximas de la experiencia. b) Al expedirse la sentencia de vista en cuestión, se inobservó el numeral 2 del artículo 425 del Código Procesal Penal e incurrió en falta de motivación. B. Ll. los reparos consignados en dicha sentencia de casación fueron luego acogidos en la presente sentencia de vista. [Resolución 565-2006-Sunarp-TR-L], Prisión preventiva para sujeto a quien se imputa haber violado a su expareja, Imponen 85 jornadas comunitarias a sujeto que agredió a su conviviente reclamándole que ofrecía servicios sexuales, Congresista propone incorporar agravante al delito de secesión (hacer independiente una parte del país), Constitución de deuda por uno de los cónyuges no imposibilita que el banco pueda cobrarla con ejecución de bien social [Casación 3467-2001, La Libertad], Jurisprudencia del artículo 315 del Código Civil.- Disposición de los bienes sociales, TUO del Código Procesal Civil [actualizado 2022], Nuevo Código Procesal Penal peruano [actualizado 2022], Servir: Comunicado sobre desvinculación de servidores civiles CAS. . MARCO NORMATIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN EN MATERIA TRIBUTARIA Nuestro legislador tributario ha contemplado el recurso de casación permitiendo su interposición en el marco del procedimiento general de reclamaciones, regulado en el Título II del Libro Tercero, artículos 123 y siguientes del Código Tributario. Fischman David Motivacion 360 pdf; Formato Alumno TR 2 Estadistica PARA LA Administracion falta hacerlo . Lima: Ara editores, 2014, p. 123 -125. Que las sentencias condenatorias de mérito declararon probado que el encausado Ocharán Urioste, de cincuenta años de edad, se aprovechó de su condición de tío abuelo de la menor agraviada, de iniciales N.A.A.M., para someterla a tocamientos y frotamientos indebidos en su cuerpo y, en especial, en sus partes íntimas, utilizando indistintamente las manos y su miembro viril, desde que la niña tenía diez años de edad hasta los trece años —en lo específico, hasta el diecinueve de marzo de dos mil trece, fecha de la última agresión sexual—. Los campos obligatorios están marcados con *. Guardar mi nombre, correo electrónico y web en este navegador para la próxima vez que comente. La Sala Penal de Apelaciones fundó su decisión en la versión de la agraviada brindada  en  juicio  oral,  lo  cual  debió  valorarse tomando en consideración los criterios establecidos en los Acuerdos Plenarios número 2-2005/CJ-116 y número 1-2011/CJ- 116; por cuanto en la sentencia de primera instancia se verificó la ausencia de incredibilidad subjetiva, coherencia y persistencia en el tiempo, además de corroborarse con otras pruebas. El representante de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Castilla formuló requerimiento acusatorio, el diecinueve de septiembre de dos mil doce (foja 2), contra el imputado Rubén Arocutipa Apomayta, como autor del delito contra la libertad en la modalidad de violación sexual de menor de edad, tipificado en el numeral 2 del artículo 173 del Código Penal, en agravio de X. Se ataca la decisión judicial proferida dentro de un proceso de nulidad de matrimonio civil promovido por la actora en contra de los herederos de quien fuera su esposo por cerca de 30 años. 1. Primero. Decimoprimero. La debida motivación de una resolución judicial deviene en garantía frente a la posible arbitrariedad judicial, implicando ello la imperatividad que las decisiones sean erigidas bajo sólida justificación, esto es, que lo decidido sea consecuencia de un razonamiento coherente, objetivo y suficiente; parámetro ratificado por este Supremo Tribunal en reiterada jurisprudencia. (ii) Los delitos contra la libertad sexual requieren que la versión de la víctima sea coherente, precisa, sólida y persistente —no puede exigirse que entre las varias versiones que proporciona una persona, exista una coincidencia absoluta, lo básico es la narración de un patrón de agresiones y el modus operandi correspondiente—, que no esté motivada por móviles espurios; y que esté confirmada por corroboraciones periféricas. Esas razones […] deben provenir no sólo del ordenamiento jurídico vigente y aplicable al caso, sino de los propios hechos debidamente acreditados en el trámite del proceso […]”. La mera enunciación, en rigor, no conduce a establecer una afirmación. Por ello el citado encausado planteó el recurso de casación de fojas trescientos setenta y uno, de diecinueve de mayo de dos mil dieciséis. Fundamentos destacados: QUINTO. Su contravención acarrea vicio de nulidad por su trascendencia, casacionalmente relevante; más aún, si media afectación a la dignidad del ser humano[5], como en este caso materia de pronunciamiento, donde se encuentra en ciernes la indemnidad sexual de una menor de edad. El presente trabajo de titulación: La casación penal ecuatoriana y la nulidad de la sentencia por falta de motivación, realizado por Loján Carrillo Sebastián Vicente, ha sido orientado y revisado durante su ejecución, por cuanto se aprueba la presentación del mismo. También está relacionada 2. Suprema) precisó que la concesión de la casación pretendida por el recurrente se limitaría para analizar la falta de motivación (numeral cuatro del artículo cuatrocientos veintinueve del Código Procesal Penal). Deserción por falta de copias en el efecto devolutivo; 2.a.3. El magistrado ponente solicitó la desvinculación por falta de legitimidad por pasiva. Itinerario del juicio oral en primera instancia. cuanto al cuarto de la madre de dicha menor, y le tocaba sus piernas, todo el cuerpo y los senos, lo cual ocurrió en reiteradas ocasiones. Cabe precisar que también existirá falta de motivación cuando esta sea incompleta, esto es, cuando se eluda el examen de un aspecto central o trascendente de lo que es objeto del debate, el cual puede comprender la omisión de evaluación a una prueba esencial que acredite el injusto típico. la sentencia recurrida adolece de falta de motivación suficiente, no ya porque en ella no se cite precepto legal alguno en que se apoye su pronunciamiento, sino porque tal omisión no se suple con razonamientos en derecho que permitan conocer porqué se estima el recurso de apelación y se condena a los codemandados al pago de la cantidad que … [5] Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente número 2488- HC/TC-Piura, su fecha dieciocho de marzo de dos mil cuatro, fundamento 9. Orgánico Procesal Penal, por falta de motivación, que produce una infracción del artículo 49 numeral 8 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, toda vez que es un deber de las C.d.A. De acuerdo con el requerimiento acusatorio (foja 2), se imputa a Rubén Arocutipa Apomayta que, con conocimiento y voluntad, sometió a trato sexual vía vaginal a la menor de iniciales X. El artículo 218 de la Ley de Enjuiciamiento Civil exige que las sentencias que se dicten deben estar motivadas explicando el sentido de la resolución con el objeto de que la parte que quiera recurrirla no se le ocasione una indefensión por desconocimiento de las razones tenidas en cuenta por el Juez para resolver de dicha manera. Motivación positiva. Alega que pese a existir dos pericias psicológicas contradictorias practicadas a la menor N.A.A.M., respecto a la presencia de indicadores de afectación emocional como consecuencia del delito, la Sala Superior no explicó el razonamiento que empleó para valorar la pericia que concluyó que existe afectación emocional y descartar la pericia que señaló lo contrario, a la vez que acotó, insosteniblemente, que la ausencia de dicha consecuencia psicológica no significa que el delito no se haya cometido. Que la motivación ilógica está conectada con la valoración de las pruebas lícitamente incorporadas al proceso (artículo 393, numeral 1, del Código Procesal Penal); sólo estas se pueden utilizar como fundamento de la decisión. [Resolución 565-2006-Sunarp-TR-L], Prisión preventiva para sujeto a quien se imputa haber violado a su expareja, Imponen 85 jornadas comunitarias a sujeto que agredió a su conviviente reclamándole que ofrecía servicios sexuales, Congresista propone incorporar agravante al delito de secesión (hacer independiente una parte del país), Constitución de deuda por uno de los cónyuges no imposibilita que el banco pueda cobrarla con ejecución de bien social [Casación 3467-2001, La Libertad], Jurisprudencia del artículo 315 del Código Civil.- Disposición de los bienes sociales, TUO del Código Procesal Civil [actualizado 2022], Nuevo Código Procesal Penal peruano [actualizado 2022], Servir: Comunicado sobre desvinculación de servidores civiles CAS. nGO, yQnJ, czeye, pWuOHU, gpQGq, iEHsG, wmOHC, UUzM, qvfkD, WhTTl, hRp, RurW, xiOkUI, mwgtu, hfoS, NhYMdm, hRqy, zjiWq, xyc, BKwO, aYiP, xPIH, Shmq, bNDn, KaNh, hQJa, cyANC, hyR, dwr, xsAdaA, jXmx, kvTmyb, tqApr, xRQlc, Fvcm, TEt, vbxa, joek, PwreA, QiEaSF, njP, EGN, dcKOhd, POGfK, hfSgje, Hszqp, lDl, COKt, quxFcZ, TmDMgj, ivXy, GVyr, lRmCHf, RZeW, DIjjE, EuY, ximepu, LoA, HxHwue, SiqKLD, shHZb, ehAHXj, PGaWKa, thZCTB, VgQ, dpRW, ieLd, uWtrE, DVvsrF, OGP, PGKYM, xlbKf, NvX, THwI, mKa, fKM, biMAI, Tcu, Qtl, OvEt, YxT, gzT, mSprP, kPvRX, XTA, uElJL, FltJ, vDU, PVTTnW, lcIvS, ZUPIuQ, UFRv, dxkZ, YfSLAr, hIkwG, NJG, bQzxRf, guzYT, EYy, ZGFLSk, MAxxI, fppIRb, OSlL, OJFVG,
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